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Illes Balears Film Commission


Consideraciones generales

La legislación laboral española es estricta y exige -sin ningún tipo de excepción- que todo aquel que trabaje en el Estado español esté dado de alta en el régimen de la Seguridad Social en alguna de las modalidades existentes.

Contratación de personal comunitario

La contratación de personal comunitario es semejante a la contratación de personal local. Los trabajadores comunitarios que deseen trabajar en el estado español deben dirigirse al Gobierno Civil para solicitar un número de identificación para extranjeros (NIE). Una vez obtenido este número, estàn en las mismas condiciones que un ciudadano español. Si son profesionales autónomos, pueden hacer facturas intracomunitarias.

Contratación de personal no comunitario

Si una empresa española desea contratar personal no comunitario debe presentar la documentación necesaria en la delegación del gobierno. Durante el período de tramitación de este permiso de trabajo temporal el trabajador no puede ejercer ninguna actividad laboral. Si es el mismo trabajador quien hace los trámites para conseguir el permiso de trabajo debe dirigirse directamente a la delegación del gobierno. A partir de un plazo de noventa días, obtiene una respuesta a través del consulado del país de origen del trabajador. Una vez obtenido, se rige por las mismas leyes que un trabajador español.

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Illes Balears
C/ Constitució, 4
07001 Palma de Mallorca
Tel.: (+34) 971 98 90 00
Fax: (+34) 971 98 91 61

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Illes Balears
Dirección Insular Eivissa,
Edif. Casa de Mar. Pº Marítimo Juan Carrlos I s/n
07800 Eivissa
Tel.: (+34) 971 98 90 55
Fax: (+34) 971 31 71 54

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Illes Balears
Dirección Insular Maó
Plaza Miranda, 22
07701 Maó
Tel.: (+34) 971 198 92 80
Fax. (+34) 971 35 37 37